El Gobierno presentó un borrador de reforma laboral que será debatido en el Congreso y que propone cambios profundos en la Ley de Contrato de Trabajo. La iniciativa apunta a promover el empleo registrado, reducir la litigiosidad y adaptar la normativa a nuevas modalidades, como el trabajo en plataformas.
El proyecto plantea una reforma integral del sistema laboral con tres objetivos: fomentar el empleo formal, modernizar las relaciones de trabajo y bajar la conflictividad judicial. Entre las medidas centrales se incluye el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que permite regularizar relaciones no declaradas con beneficios para los empleadores, como la condonación de deudas e intereses, la baja del REPSAL y el cómputo de aportes previsionales para los trabajadores alcanzados.
La iniciativa propone cambios estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo, como la unificación de la registración en ARCA, la eliminación de multas por falta de registración y la digitalización de los certificados laborales. También redefine las facultades del empleador para reorganizar tareas sin afectar derechos esenciales y establece nuevas pautas para la entrega de documentación al finalizar la relación laboral.
Uno de los bloques clave es el régimen indemnizatorio: se fijan topes a la base de cálculo, se garantiza un piso del 67% de la remuneración habitual y se habilita a los convenios colectivos a reemplazar la indemnización tradicional por un fondo de cese laboral. Además, el proyecto introduce precisiones sobre enfermedad y accidentes, incluyendo la obligación de asignar tareas compatibles o aplicar indemnizaciones reducidas o plenas según el caso.
La reforma incorpora un régimen especial para repartidores de plataformas, quienes deberán inscribirse ante AFIP y podrán rechazar pedidos sin penalidades, exigir explicaciones ante bloqueos y acceder a portabilidad de datos. También se actualizan los créditos laborales por IPC más un 3% anual, se modifican reglas de negociación colectiva y se establece una reducción de contribuciones patronales para quienes cumplan con aportes específicos. Finalmente, se redefine la competencia de la Justicia del Trabajo y se aclara que la responsabilidad solidaria entre empresas solo aplica ante maniobras fraudulentas.










