El Gobierno modificó la Ley 19.101 para permitir que personal de las Fuerzas Armadas en actividad pueda desempeñarse en el Ministerio de Defensa sin pasar a situación de disponibilidad.
A través de un decreto de necesidad y urgencia, el Poder Ejecutivo introdujo cambios en la normativa que regulaba la situación del personal militar asignado a funciones en el Ministerio de Defensa. Hasta ahora, los uniformados debían pasar a disponibilidad, lo que implicaba que ese período no contara como servicio efectivo.
Desde la cartera que conduce el ministro Carlos Presti señalaron que la modificación permitirá contar con oficiales y suboficiales altamente calificados en áreas clave de la gestión de la defensa nacional. Según el comunicado oficial, la medida apunta a fortalecer la planificación y conducción del sistema de defensa.
El Gobierno explicó que el régimen anterior desalentaba la incorporación de personal con experiencia y conocimientos técnicos específicos, ya que afectaba la trayectoria profesional de los militares. Con el nuevo esquema, el tiempo de servicio en el Ministerio será reconocido como parte de la carrera.
El DNU también establece límites claros: la habilitación no alcanza a oficiales que hayan llegado a los máximos rangos ni a quienes se hayan desempeñado como jefes del Estado Mayor Conjunto o de las Fuerzas Armadas. De este modo, el Ejecutivo sostiene que la medida no introduce privilegios y respeta la estructura y el cierre natural de la carrera militar.










