Un juez laboral de Córdoba declaró inconstitucional un artículo clave de la reforma laboral que regula la actualización de indemnizaciones en juicios por despido.
La resolución fue firmada por el juez Ricardo Gileta, quien consideró inválida la aplicación del artículo 55 en un caso concreto. Según explicó, el mecanismo previsto por la ley podía reducir entre un 20% y un 60% el monto que terminaría cobrando un trabajador en comparación con los criterios utilizados anteriormente por varios tribunales laborales.
El artículo cuestionado establecía que las deudas en juicios laborales en curso debían actualizarse tomando como referencia la tasa del Banco Central de la República Argentina, con un límite máximo equivalente a la inflación más un 3% anual y un mínimo del 67% de ese cálculo. Para el magistrado, ese sistema implicaba un tratamiento distinto respecto de las causas iniciadas bajo el régimen anterior.
En su fallo, Gileta dispuso que el capital original se recalcule según lo previsto por el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece una actualización vinculada a la evolución del Índice de Precios al Consumidor, más un 3% mensual desde el momento en que se produjo la mora hasta el pago efectivo.
El juez sostuvo que la diferencia de criterios entre juicios nuevos y procesos ya iniciados vulnera el principio de igualdad ante la ley. Además, recordó que los créditos laborales tienen carácter alimentario y cuentan con una protección especial en el derecho del trabajo, por lo que cualquier mecanismo que reduzca su valor frente a la inflación podría afectar el principio de reparación plena garantizado por la Constitución.









